La Corte Suprema de Argentina revocó este martes un fallo que había declarado inconstitucional el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei, que derogó la denominada Ley de Tierras Rurales y eliminó las restricciones que allí se establecían para la adquisición de campos por parte de extranjeros, reportó La Nación.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. El tribunal concluyó que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que había promovido el amparo contra el Poder Ejecutivo, no tenía legitimación para presentar esa demanda y que tampoco existía un "caso o controversia" en los términos exigidos por la Constitución.
La Corte aclaró expresamente que su decisión "no supone abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154" del DNU 70/2023 ni implica interferir en las atribuciones del Congreso. En otras palabras, el máximo tribunal no resolvió si la derogación de la Ley de Tierras es constitucional, sino que rechazó la acción por cuestiones vinculadas con la legitimación de los demandantes.
La Ley 26.737 establecía, entre otras restricciones, un máximo de 15 % de titularidad extranjera sobre las tierras rurales del territorio nacional, provincial o municipal. También fijaba límites para propietarios de una misma nacionalidad y establecía que una persona física o jurídica extranjera no podía superar las 1.000 hectáreas en la denominada zona núcleo o su superficie equivalente.
El artículo 154 del DNU 70/2023, dictado en diciembre de 2023, poco después de la llegada de Milei al poder, derogó esa legislación. El CECIM recurrió a la Justicia al considerar que la medida afectaba la soberanía nacional y consiguió que la Cámara Federal de La Plata declarara inconstitucional ese punto del decreto, decisión que posteriormente fue apelada por el Estado.